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MERCOSUR
/ ALADI
INTRODUCCIÓN Al negociar un acuerdo comercial, los países buscan en esencia, ampliar el acceso a los mercados externos con el fin de obtener mayores preferencias para sus productos con la capacidad real o potencial de exportación. Las preferencias aranceles, conocidas comúnmente como márgenes de preferencia, representan porcentuales que inciden sobre el arancel de impuesto de importación vigente para terceros países, para determinado producto, en el país que las otorga. Este beneficio se traduce en la mejoría de las condiciones de acceso de los productos en los mercados de las partes contratantes, precios más competitivos, margen de utilidades más amplia, estímulo para el aumento de la capacidad instalada, entre otros. Las informaciones actuales abarcan, en suma, los distintos tipos de acuerdos a disposición de los agentes comerciales brasileros. Éstas se otorgan en el área de actuación del Departamento de Negociaciones Internacionales - DEINT, de la Secretaría de Comercio Exterior, del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, el cual tiene, entre sus atribuciones, la de orientar a los exportadores e importadores en las actividades de comercio exterior amparadas bajo el marco de los acuerdos internacionales suscritos por Brasil. En este contexto, el Departamento se hace representar en los procesos de negociaciones, integrando las delegaciones brasileras, en coordinación con las áreas pertinentes del Ministerio de Relaciones Exteriores. Debido a la extensión de los asuntos, el trabajo no pretende dar un tratamiento exhaustivo a las cuestiones, y sí ofrecer aclaraciones generales sobre los beneficios otorgados a Brasil en los diversos Acuerdos negociados. MERCOSUR El Mercado Común del Sur - MERCOSUR, fue instituido mediante el Tratado de Asunción, firmado el 26 de marzo de 1991 por Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay, con el objetivo de promover el desarrollo de los cuatro países a través de la conformación de un espacio económico ampliado y, como consecuencia, su inserción más competitiva en la economía internacional. ¿Cuál es la Base Legal del Mercosur en Brasil?
¿Cuál es el Objetivo del Mercosur? La constitución de un Mercado Común entre los países integrantes, por medio de:
¿Qué Países Componen el Mercosur en la Actualidad? Apenas los signatarios del Tratado de Asunción: Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay. ¿Cuál es la Estructura Institucional del Mercosur? Con la firma del Protocolo de Ouro Preto el 17-12-94, el Mercosur estableció su estructura institucional de la siguiente forma: 1. Consejo al Mercado (CMC), órgano superior responsable por la conducción política del proceso de integración; 2. Grupo Mercado Común (GMC), órgano ejecutivo que toma las medias necesarias al cumplimiento de las decisiones adoptadas por el Consejo y fija programas de trabajo que aseguren avances para establecer el Mercado Común; 3. Comisión de Comercio del MERCOSUR (CCM), órgano encargado de asistir al GMC, el cual tiene entre sus competencias la de celar por la aplicación de los instrumentos de política comercial común por parte de los Estados-Partes, para el funcionamiento de la Unión aduanera; 4. Comisión Parlamentaria Conjunta, órgano representativo de los Parlamentos de los Estados-Partes, incumbido, inclusive, de acelerar los procedimientos internos para la pronta entrada en vigor de las normas emanadas de los órganos del MERCOSUR; 5. Foro Consultivo Económico y Social, órgano de representación de los sectores económicos y sociales; 6. Secretaría Administrativa, órgano de apoyo operativo, con sede en Montevideo-Uruguay. ¿Mediante qué Instrumento se Tipificaron las Operaciones Comerciales en el Mercosur? Acuerdo de Complementación Económica - ACE n1 18, firmado el 29-11-91. En Brasil, este Acuerdo fue implementado mediante el Decreto n1 550 del 27-05-92. ¿Qué es el Régimen de Adecuación del Mercosur? Son productos transitoriamente excluidos por los Estados-Partes, del Área de Libre Comercio. Este Régimen de Adecuación Final a la Unión aduanera se estableció el 01-01-95, con vigencia de 4 años. Cada Estado-Parte definió la composición de su Régimen constituido por una relación de productos que aún no circulan con tarifa cero en el comercio intra-Mercosur. Al principio de cada año, las preferencias de estos productos se aumentan de forma lineal y automática para que, gradualmente, las tarifas de importación lleguen a cero. En Brasil y Argentina, este Régimen vigorará hasta el 31-12-98, y en Paraguay y Uruguay hasta el 31-21-99. Los productos incluidos en el Régimen de adecuación de Brasil constan en el decreto n1 2376 del 13\11-97. ¿Qué es la Tarifa Externa Común (TEC)? Es el pilar de la Unión Aduanera. La TEC, compuesta por los aranceles de importación y por la Nomenclatura Común del MERCOSUR - NMC fue implantada por los Estados-Partes a partir del 01-01-95. A raíz de la TEC, todos los productos importados de países no-participantes del MERCOSUR, están sujetos al mismo arancel de impuesto de importación al ser internalizados en cualesquiera de los Estados-Partes. ¿Qué son las Listas de Excepciones a la Tarifa Externa Común? Las Listas de Excepciones se componen de productos para los cuales los países miembros del MERCOSUR no estaban en condiciones de aplicar la Tarifa Externa Común en la época de su implementación. Tales excepciones comprenden una lista básica, una lista de bienes de capital y una lista de bienes de informática y de telecomunicaciones. En Brasil, las dos primeras pueden vigorar hasta el 01-01-2001 y la última hasta el 01-01-2006, siguiendo un calendario de convergencia según los niveles de la TEC, de forma lineal, gradual y automática, a principios de cada año. ¿Qué es la Nomenclatura Común del Mercosur? Es la Nomenclatura utilizada por todos los Estados-Partes en las operaciones de comercio exterior, en remplazo a las antiguas nomenclaturas nacionales. La Nomenclatura Común del MERCOSUR-NCM se basa en el sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías de la Organización Mundial de Aduanas - OMA, la cual consta de ocho cifras, de las cuales seis pertenecen al sistema Armonizado- SA y son comunes a todas las nomenclaturas modernas. ¿Cuál es la Estructura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías? El Sistema Armonizado distribuye los productos objeto de comercio internacional en 21 grandes bloques llamados secciones las cuales se subdividen en 96 capítulos que atienden las especificidades de los productos, tales como su origen (animal o vegetal), materia constitutiva, aplicación y otras en un ordenamiento numérico lógico creciente y según el nivel de sofisticación de las mercancías. Los capítulos, a su vez, se desdoblan en posiciones (cuatro primeras cifras) y suposiciones (seis cifras). ¿La NCM Puede Sufrir Alteraciones? Sí. Las alteraciones pueden derivarse de las decisiones del Comité del Sistema Armonizado de la CMA, por solicitud del sector privado o de órganos gubernamentales. Por lo general, se efectúa para la apertura de un asunto específico que atienda a los intereses del sector o por necesidad de transparencia estadística y aun, para modernizar la nomenclatura motivada por los avances tecnológicos. ¿Los Aranceles de la Tarifa Externa Común Pueden Alterarse? Sí. Los aranceles de la TEC pueden alterarse por solicitud de cualquier Estado-Parte o de los sectores privados, desde que se obedezcan los criterios adoptados para elaborar la TEC. Los pedidos de aumento de aranceles tienen el objeto de proteger a las nuevas producciones regionales y los de reducción se refieren a mercancías no producidas por los Estados-Partes, que constituyan una importación relevante y, por tanto, necesitan adquirirse a costos más bajos. ¿Cómo Pueden Efectuarse los Pedidos de Alteración de la NMC y de la TEC? Los Pedidos de alteración de aranceles o de la Nomenclatura Común del MERCOSUR deben presentarse ante el Departamento de Negociaciones Internacionales - DEINT, según el formulario aprobado por el MERCOSUR a disposición de los interesados en el DEINT y en los órganos de clase. Si una Empresa Desea Exportar Hacia el Mercosur, ¿Qué Procedimientos Específicos deberá Adoptar? Comprobar la clasificación tarifaria de su mercancía (NCM) y si ésta consta en la lista del Régimen de Adecuación del país de destino con el objeto de conocer el arancel que le será aplicado. El Registro de Exportación - RE deberá contener el Código ACE n1 167 18 que podrá confirmarse en la tabla SISCOMEX. Finalmente, el exportador deberá obtener el Certificado de Origen el cual será enviado al importador. Para que el Producto Brasilero Circule Libre de Tarifa de Importación dentro del Mercosur ¿Debe cumplir alguna exigencia? Sí. El producto debe cumplir determinados requisitos para considerarse originario de uno de los Estados-Partes. Para ello, deberá ir acompañado del Certificado de Origen del MERCOSUR. ¿Cómo se Están Conduciendo las Operaciones de "Draw-Back" en el Mercosur? De acuerdo con el artículo 5 de la Decisión CMC 05/96, las operaciones de "draw-back" para el comercio intra-Mercosur están autorizadas hasta el 01-01-99 y sujetas apenas al cumplimiento de las legislaciones nacionales vigentes en cada Estado-Parte. ¿Cómo Deberá Proceder el Exportador Brasilero en el Caso de que Su Mercancía Sufra Alguna Restricción por Parte de Cualquier País-Miembro del Mercosur? Deberá dar conocimiento de sus dificultades, entre otros, al Departamento de Negociaciones Internacionales de la SECEX que someterá el asunto a examen en la Sección Nacional de la Comisión de Comercio del Mercosur (CCM). En sus procedimientos, la CCM, órgano intergubernamental encargado de aplicar los instrumentos de política comercial en la Unión Aduanera, ha establecido un mecanismo de consultas, que, en corto espacio de tiempo, podrá solucionar cuestiones derivadas de restricciones identificadas en el comercio entre los socios. ¿Qué es el Régimen de Origen del Mercosur? El Régimen de Origen del MERCOSUR, objeto del 81 Protocolo adicional al ACE n1 18, establece el reglamento para aplicar las reglas de origen en el comercio preferencial intra-Mercosur. En él se definen, entre otros, el ámbito de aplicación, las reglas para otorgar el carácter originario de las mercancías, los procedimientos para emisión del Certificado de Origen, el modelo de dicho Certificado y las sanciones para los casos de falsedad o adulteración de Documentos. En Brasil, está disciplinado mediante los siguientes Decretos:
¿Cuál es el Índice de Nacionalización del Mercosur? Según lo establecido en el Reglamento de Origen Mercosur, las mercancías que tengan que cumplir con el índice de nacionalización deberán observar un porcentual del 60%. Este cálculo se efectúa considerando que el precio CIF de los materiales importados no exceda el 40% del precio F.O.B. de exportación de la mercancía. ¿El Reglamento de Origen del Mercosur Prevé Requisitos Específicos? Sí. Las mercancías de los sectores: químico, siderúrgico, informática y telecomunicaciones deberán cumplir los requisitos específicos previstos en el AGE N1 18. ¿Cuáles son las Entidades Habilitadas a Emitir el Certificado de Origen Mercosur? Las entidades autorizadas a emitir Certificados de Origen para el comercio intra-Mercosur son las entidades de clase privadas, que tengan jurisdicción federal o estatal, y relacionadas en la resolución Interministerial MF-MICT-MRE n.º 11, de 21.01.97. CHILE El día 25-06-96, Chile firmó con Mercosur el acuerdo de Complementación Económica N 35 con el objetivo de formar un área de Libre Comercio en un plazo máximo de 10 años. Al finalizar dicho período, una parte significativa del Comercio deberá estar totalmente libre de gravámenes y eliminadas las restricciones de tarifas que afectan el comercio entre las partes. En el ACE N 35, que entró en vigor el 01-10-96 se encuentran renegociadas y conservadas las antiguas concesiones entre Brasil y Chile en el ámbito del Acuerdo de alcance parcial- AAP N 3 y del AR N 4 (Tarifa Preferencial Regional - PTR), anteriormente vigentes entre los dos países, bajo la EGIDE de ALADI. ¿Cómo Está Estructurado el Acuerdo de Libre Comercio Mercosur-Chile? El área de Libre Comercio será conformada mediante un programa de liberalización comercial aplicado a los productos originarios de las Partes signatarias. Consiste en la liberación de los gravámenes progresivos y automáticos que inciden sobre los vigentes para terceros países en el momento del despacho aduanero de las mercancías. El programa está compuesto por diversas listas de bienes y sus respectivos calendarios de liberación de gravámenes. Las listas que contienen productos sin preferencias iniciales o con preferencias reducidas dejan ver la buena voluntad de las partes (productos que necesitan protección por un determinado período). A pesar de que en el acuerdo está negociado todo un universo de tarifas, existe un número reducido de productos caracterizados con excepciones temporales, que comenzarán a experimentar una liberación de gravámenes a partir del décimo año hasta alcanzar una liberación total en un plazo de 15 años. ¿Cuáles son los Procedimientos que deberán ser adoptados por una empresa que pretenda exportar a través del ACE N. 35? El exportador deberá verificar a qué programa de liberación de gravámenes está sometido su producto. El registro de Exportación deberá contener el código de Acuerdo, el cual será verificado en la tabla del SISCOMEX. El beneficio de tarifas está previsto para los productos que comprueben su origen, debiendo, por lo tanto, el exportador demostrar la emisión del certificado de origen MERCOSUR-CHILE que será enviado al importador. ¿Cómo quedó establecido el régimen de origen del acuerdo? En las negociaciones con los demás países miembros de ALADI, el MERCOSUR a tratado de negociar un Régimen de Origen similar al que está vigente internamente. Por lo tanto, los productos que incorporen materiales no originarios de las partes firmantes solamente cumplirán el origen cuando el valor CIF de esos materiales no excedan el 40% del valor F.O.B. de exportación de la mercancía final. El régimen de Origen del ACE N 35 admite, también, una acumulación regional, sea entre los Estados-Parte del MERCOSUL, sea entre MERCOSUL-CHILE, una vez que determinada mercancía será considerada originaria de un país firmante, aunque contenga materiales originales de otra(s) parte(s) firmante(s) ¿Existen productos que deban cumplir requisitos específicos para calificar el origen? Sí. Las partes firmantes establecerán requisitos específicos de origen para algunos sectores, tales como: siderúrgicos, bienes de capital, Textiles, químicos, a través de procesos productivos y criterio de cambios de posición tarifaria y sumado el contenido regional. ¿Cómo se están conduciendo las operaciones de Draw-Back? Las operaciones de "draw-back" son permitidas solamente por un plazo de cinco años y comienzan desde la entrada en vigencia del Acuerdo. ¿Podrán efectuarse alteraciones en el Acuerdo? Sí. Se ha establecido una Comisión Administradora del acuerdo integrada por el Grupo Mercado Común del MERCOSUR y el Ministerio de las Relaciones Exteriores de Chile, que tiene entre sus atribuciones, la de evaluar los avances del programa de liberalización. Ésta puede revisarlos, mejorar las condiciones de acceso para productos o grupos de productos; modificar, establecer o eliminar criterios de Regimen de Origen, entre otros. ¿Cómo podrá el Exportador Brasileiro solucionar las eventuales dificultades en sus exportaciones para Chile? El Acuerdo de Libre Comercio de MERCOSUR con Chile es administrado por una comisión. En caso de alguna dificultad para la entrada de productos brasileros en aquel mercado, el exportador deberá encaminar al DEINT un informe pormenorizado y documentado sobre el problema para que el asunto pueda ser examinado y encaminado a la Comisión Administradora del referido Acuerdo. ¿Qué Legislacion implementa el Acuerdo, en el Brasil?
BOLIVIA Bolivia fue el primer país a negociar con el MERCOSUR. El 7-12-95, las partes firmaron un acuerdo transitorio, un acuerdo de Complementación Económica-ACE N 34, a través del cual renegociaron los productos incluidos en los Acuerdos bilaterales suscritos anteriomente por Bolivia con cada país-miembro del Mercosur en el ámbito de la Asociación Latinoamericana de Integración - ALADI. Un año después, el 17-12-96, el Mercosur y Bolivia firmaron un nuevo Acuerdo, el ACE N 36, el cual tiene por objetivo formar un área de Libre Comercio en un plazo máximo de diez años. Al final de este período, una parte sustantiva del comercio deberá estar totalmente libre de gravámenes, así como eliminadas las restricciones no tarifarias que afectan a los comercios entre las partes. El ACE N36 entró en vigor, el 28-02-97, sustituyendo al ACE N34. ¿Cómo está estructurado el acuerdo Mercosur-Boliva? Al igual que el acuerdo con Chile, el ACE N36 propone una conformación de Área de Libre Comercio mediante de un Programa de Liberación Comercial que consiste en liberar gravámenes de forma progresiva y automática aplicables a los gravámenes vigentes para terceros países en el momento del despacho aduanero de las mercancías. Ese programa está compuesto por diversas listas de productos con sus respectivos programas de liberación de gravámenes. Los listados que contienen productos que no tienen preferencias iniciales o que tienen preferencias reducidas, dejan ver la buena voluntad de las partes (productos que necesitan protección por determinado período). ¿Permanece válida, en el comercio con Brasil, la lista de apertura de mercado en favor de Bolivia? Bolivia renunció a las preferencias que le fueron otrogadas por los Estados-Partes del Mercosur en un 100%, al amparo de las listas de apertura de mercado compuestas por más de 1400 artículos clasificados en NALADI/SH. De éstos, en el ACE N 36 se mantuvieron poco más de 100 artículos NALADI/SH, los cuales están registrados entre los que cuentan con una liberación de gravámenes inmediata. ¿Aún es posible exportar a Boliva amparados en el AR N4-PTR? No. Esas preferencias fueron renegociadas por el ACE N 36. ¿Cómo deberá proceder una empresa que desee exportar mediante el ACE N 36? Conviene que el exportador verifique a qué programa de liberación de gravámenes está sometido su producto. El código de Acuerdo, que deberá constar en el Registro de Exportación-RE, podrá verificarse en la tabla del SISCOMEX. Gozarán de la reducciones tarifárias, solamente aquellos productos que lograren comprobar su origen mediante la acresentación del Certificado de Origen Mercosur-Bolivia. ¿El Régimen de Origen es igual al adoptado en el acuerdo con Chile? Las reglas de origen básicamente son las mismas en vigencia en el acuerdo firmado con Chile. Por lo tanto, para Bolivia, las reglas son temporalmente más flexibles en relación con un reducido número de productos, ya que se trata de un país de menor desarrollo económico relativo. ¿Cómo debe proceder el exportador brasilero para solucionar posibles dificultades en las operaciones con Bolivia? Así como en el ACE N 35 (firmado entre Mercosur y Chile), el Acuerdo de Libre Comercio firmado entre Mercosur y Bolivia, también es administrado por una comisión. En caso de que ocurran dificultades en el ingreso de productos brasileros en ese mercado, el exportador deberá encaminar al DEINT un informe pormenorizado y documentado sobre el problema para que pueda ser examinado y encaminado a la Comisión Administradora del referido Acuerdo. ¿Qué legislación implementa el acuerdo en Brasil? El Decreto N 2240 del 28-05-97. Que legisla sobre la ejecución del ACE N36. ALADI La Asociación Latinoamericana de Integración - ALADI, constituida por el Tratado de Montevideo, el 12-08-80, se creó para dar continuidad al proceso de integración económica iniciado en 1960 por la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio - ALALC. Este proceso tiene por objetivo implementar, de forma gradual y progresiva, un mercado común latinoamericano caracterizado, principalmente, por la adopción de tarifas preferenciales y por eliminación de restricciones no tarifarias. ¿Qué países componen a ALADI? ALADI reúne a 11 países clasificados en tres categorías de acuerdo con sus características económico-estructurales: De menor desarrollo económico relativo: Bolivia, Ecuador, Paraguay De desarrollo intermedio: Chile, Colombia, Perú, Uruguay, Venezuela Otros países: Argentina, Brasil, México ¿Cuáles son los tipos de Acuerdo existentes en el ámbito de ALADI? Los Acuerdos pueden ser de Alcance Parcial o Regional, los cuales difieren entre sí por la totalidad o no de signatarios entre los países miembros de la Asociación. Los Acuerdos de Alcance Parcial - AAPs, son aquellos que no cuentan con una participación total de los países miembros de ALADI y se utilizan para profundizar el proceso de integración regional a través de su progresiva multilateralización Los principales son:
¿Existe algún acuerdo firmado por Brasil en el ámbito de ALADI con algún país no miembro? Sí. El Acuerdo de Alcance Parcial N 21 firmado con Cuba, una vez que el artículo 25 del Tratado de Montevideo/80 prevé la firma de Acuerdos con otros países y áreas de integración de América Latina. ¿Qué se necesita saber específicamente para exportar a otro país miembro de ALADI? Verificar si el producto en cuestión es objeto de preferencia en algún acuerdo firmado con Brasil y su respectivo código (Los códigos constan en las tablas existentes en el SISCOMEX). Verificar si el producto en cuestión se encuentra negociado y su respectiva clasificación en NALADI/SH (clasificación tarifaria de ALADI). Diligenciar la emisión de Certificados de Origen ante una de las entidades credenciadas y enviarlos al importador. En caso de duda en cuanto a clasificación, contacte al organismo encargado de suministrar información referente a exportaciones. ¿Quién puede emitir en Brasil el Certificado de Origen válido para los acuerdos de ALADI? El Certificado de Origen lo emiten las Federaciones de Comercio, Industria y Agricultura y algunas Asociaciones Comerciales habilitadas ante ALADI para tal fin. Estas entidades se encuentran relacionadas en el documento ALADI/SEC/di 180, del 21-06-97, que es actualizado periódicamente. En el ámbito de ALADI ¿pueden efectuarse operaciones comerciales con intervención de operadores de terceros países? Sí. Tales operaciones están previstas tanto para operadores de países miembros, como de no miembros de la asociación. En esos casos ¿cómo debe emitirse el certificado de origen? El certificado deberá emitirse con un número de factura comercial del operador, siendo que el productor/exportador del país de origen deberá indicar en el campo "OBSERVACIONES" que la mercancía será facturada por un tercer país. Éste deberá indicar nombre, razón social y domicilio del operador. En caso de que en el momento de la expedición del certificado no se conozca el número de factura del operador, el área correspondiente del documento no deberá rellenarse, por lo tanto, el importador tendrá que presentar a las autoridades aduaneras una declaración oficial que justifique el hecho, y ésta deberá contener el número y fecha de la factura comercial y del certificado de origen que ampara la operación. ¿Cuál es la diferencia básica entre Régimen de Origen de ALADI y del Mercosur? El Régimen de Origen de ALADI es más flexible que el del Mercosur, pues permite que los productos tengan el 50% como mínimo de contenido nacional para todos los países, excepto para los de menor desarrollo económico que podrán tener un 40%. En el Régimen de Origen del Mercosur es necesario que el producto presente un 60% de contenido regional. ¿Qué informaciones son importantes para el exportador que desee conducir sus ventas hacia el Uruguay, utilizando el Acuerdo de Complementación Económica N2-PEC? Todos los productos negociados en el PEC cuentan con un margen de preferencia del 100%. Para los productos sujetos a cuotas (aquéllos cuya preferencia tarifaria es limitada a cierta cantidad o valor) y concomitantemente incluidos en el régimen de adecuación de Uruguay, el exportador deberá presentar el Certificado de Utilización de Cuotas - CUQ que deberá ser enviado al importador uruguayo. La validad de ese documento es de 30 días. En Brasil,¿quién emite el Certificado de Utilización de Cuotas del PEC? La emisión la efectúa el Departamento de Negociaciones Internacionales de la Secretaría de Comercio Exterior - SECEX, del MICT, tras el análisis de la factura Proforma enviada por el exportador. |